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BESCHWERDEN

Recursos relacionados con el sector turístico de la Región: Las hojas de reclamaciones estarán a su disposición en los establecimientos donde se han producido los hechos

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El artículo 41-5 de la Ley 11/1997 de Turismo de la Región de Murcia establece como obligación de las empresas turísticas la de tener a disposición, y facilitar a los clientes, la documentación preceptiva para formular reclamaciones, cuya existencia debe anunciarse al público de forma visible, y esto en relación con el derecho de los usuarios turísticos a formular reclamaciones y, a tal efecto , exigir que le sea entregada la hoja de reclamaciones.

Las hojas de reclamaciones son un medio de facilitar a los clientes o usuarios turísticos la formulación y tramitación de sus reclamaciones, como herramienta para la defensa de sus intereses y para corregir las incidencias que se puedan dar en vía a ir mejorando un sector de la importancia como el turístico.

Cumplir con la obligación de informar al cliente de la existencia en el establecimiento de las hojas de reclamaciones es lo que se pretende con el cartel anunciador; y el hacerlo por medio de esta herramienta contribuye a continuar con la labor que, desde la Dirección General de Turismo, se hace con el fin de lograr la modernización y agilidad de las relaciones entre las empresas turísticas y la administración regional.

Enlaces para descargar cartel anunciador y hojas de reclamaciones:

Cartel anunciador Existencia Hoja de Reclamación

Hojas de reclamaciones de consumidores y usuarios de la Dirección General de Consumo

Versión accesible
Bono Turístico